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Real Decreto Nº 2671/1985, de 18 de diciembre de 1985, por el que se incluyen los Pimientos en el Régimen de Indicaciones geográficas, Genéricas y Específicas, establecido en la Ley Nº 25/1970, de 2 de diciembre de 1970, de Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes

 REAL DECRETO 2671/1985, de 18 de diciembre, por el que se incluyen los pimientos en el Régim.en de Denominaciones de Origen, Genéricas. y Específicas. establecido en la Ley 25/1970. de 2 de diciembre.

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4688 Martes 4 febrero 1986 BOE núm. 30

D1SPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo dia de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.

Lo que digo a VV. n. Madrid, 22 de enero de 1986.

ALMUNIA AMANN

nmos. Sres. Subsecretario, Secretario general de Empleo y. Relacio-­ Des laborales, Director general del INEM y Director general de Cooperativas. .

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA

y ALIMENTACION 2902 REAL DECRETO 2671/1985, de 18 de diciembre, por

el que se incluyen los pimientos en el Régim.en de Denominaciones de Origen, Genéricas. y Específicas. establecido en la Ley 25/1970. de 2 de diciembre.

La Ley 25{1970, de 2 de diciembre, autoriza al Gobierno a hacer extensivo el régimen de denominaciones de origen y denominacio­ nes específicas, establecido en la misma, a todos aquellos productos agrarios cuya protección de calidad tenga especial interés econó­ mico o SOCIal, previa propuesta del FORPPA.

Su Reglamento aprobado por Decreto 835{1972, de 23 de marzo, delimita el concepto de Den0m.Vtaciones de Origen y establece la posibilidad de.creación de las Denominaciones Genéri­ cas y Específicas.

El Real Decreto 1573{1985, de I de agosto, re~ulal..Denomi­ naciones Genéricas V Esoecíficas deoroductos ahmentarios.

Siendo patente que en la ofena- nacional de productos agrarios existen «pimientos» con características diferenciale~ respecto a otros de su misma especie por la clara incidencia del medio natural y las técnicas de cultivo. todo lo cual constituye a su vez un patrimonio valioso de las áreas en que se obtierien, y habiéndose recibido la petición de la Xunta de Galicia para acoger los pimientos de Padrón al Régimen de Denominaciones Genéricas y Especificas de productos alimentarios. se _estima de la mayor

conveniencia amparar los pimientos bajo la forma prevista en la legislación vigente. . . . ~

De acuerdo con lo anterior, vistos los acuerdos del FORPPA, a propuesta del Ministro de t\.gricuItura, Pesca y Alimentación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su rewüán del dia 18 de diciembre de .1985,

DISPONGO:

Articulo único.-Se hace extensivo a los «Pimientos» el Régírnen de Denominaciones de Origen, Genéricas y Específicas de fTOduc­ lOs alimentarios, establecido en la Ley 25{1970, de 2 de diciembre.

Así lo dispongo por el presente Real Decreto, dado en Madrid a 18 de diciembre de 1985.

-JUAN CARLOS R.

El Mmistro de A¡ricultura. Pesca y Alimentación, CARLOS ROMERO HERRERÁ

2903 ORDEN de 27 de enero de 1986 por la que se modifica la lista de ·.variedades de algodón inscritas en el

. Registro de Variedades Comerciales.

Ilustrísimo señor:

Para dar cumpli.miento a lo dispuesto en la Orden de 1- de julio de 1985 por la que se aprobó el Reglamento de Inspección de Variedades de Cártamo, Colza, Girasol, Soja y Algodón en er. Registro de Variedades Comerciales, a propuesta de la Dirección General de la Producción Agraria, dispongo:

Unico.-Quedan modificadas las denominaciones de las varieda­ des de algodón «Coker-21D-, .Coker-31D- y «Coker-31~. inscritas en el Registro de Variedades ComerCiales. '

A partir de la entrada e'ft vigor de la presente Orden. pasarán a denominarse respectivamente: «C-21O». ftC-31O y «C-312».

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor en la fecha de su publica-. ción.

Lo que comunico a V. 1. para su conocimiento y efectos. Madrid, 27 de enero de 1986,

ROMERO HERRERA

limo. Sr. Director general de la Producción Agraria.

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