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Colección de tratados de PI

Partes Contratantes Letonia

Fechas Firma: 18 de julio de 2008 Ratificación: 1 de marzo de 2010 Entrada en vigor: 31 de marzo de 2010

Declaraciones, Reservas etc.

Objection with regard to the reservation made by Libya upon ratification: (5 February 2019)
"The Government of the Republic of Latvia has carefully examined the declaration made by Libya upon ratification of the Convention on the Rights of Persons with Disabilities.
In the view of the Government of the Republic of Latvia, declaration made by Libya according to which Article 25 (a) of the Convention will be interpreted in a manner that does not contravene the Islamic sharia and national legislation, amounts to a reservation.
Moreover, a reservation which subordinates any provision of the Convention in general to the Islamic sharia and national legislation constitutes a reservation of general scope, which is likely to cast doubt on the full commitment of Libya to the object and purpose of the Convention.
The reservation made by Libya seeks to limit the scope of the Convention on a unilateral basis thus the reservation is incompatible with the object and the purpose of the Convention and therefore inadmissible under Article 19(c) of the Vienna Convention on the Law of Treaties. Therefore, the Government of the Republic of Latvia objects to this reservation.
However, this objection shall not preclude the entry into force of the Convention between the Republic of Latvia and Libya. The Convention will thus become operative between the two States without Libya benefitting from its declaration."

On 28 April 2017, the Secretary-General received the following communication from the Government of Latvia with regard to the reservation made by Brunei Darussalam upon ratification:
"The Government of the Republic of Latvia has carefully examined the reservation made by the Sultanate of Brunei Darussalam upon ratification of the Convention on the Rights of Persons with Disabilities.
The Republic of Latvia considers that this reservation consists of a general reference to a system of law without specifying its contents and therefore does not clearly define the extent to which the reserving State has accepted the obligations of the Convention.
Therefore, the Government of the Republic of Latvia considers that the reservation made by the Sultanate of Brunei Darussalam seeks to limit the responsibilities of the reserving State under the Convention and is likely to deprive the provisions of the Convention of their effect and, hence, must be regarded as incompatible with the object and purpose of the Convention. Furthermore, under Article 46, paragraph 1 of the Convention on the Rights of Persons with Disabilities, reservations incompatible with the object and purpose of the Convention are not permitted.
Consequently, the Government of the Republic of Latvia objects to the reservation made by the Sultanate of Brunei Darussalam concerning the Convention on the Rights of Persons with Disabilities. This objection shall not preclude the entry into force of the Convention, in its entirety, between the Republic of Latvia and the Sultanate of Brunei Darussalam."

Objeción con respecto a la reserva formulada por la República Islámica del Irán en el momento de la adhesión: (22 de octubre de 2010)
"El Gobierno de la República de Letonia ha examinado atentamente la declaración formulada por la República Islámica del Irán en torno a la Convención.
El Gobierno de la República de Letonia considera que esta declaración hace una referencia general al derecho nacional de la República Islámica del Irán, al subordinar la aplicación de las disposiciones de la Convención a su conformidad con las leyes iraníes.
En consecuencia, el Gobierno de la República de Letonia considera que la declaración constituye de hecho un acto unilateral encaminado a limitar el ámbito de aplicación de la Convención y que deberá ser considerada como una reserva.
Por otra parte, el Gobierno de la República de Letonia también considera que esta reserva, presentada con la denominación de «declaración», no permite saber con claridad en qué medida la República Islámica del Irán se considera vinculada por las disposiciones de la Convención, ni si las condiciones a las que somete el ejercicio de los derechos garantizados por la Convención son compatibles con el objeto y la finalidad de esta última.
En consecuencia, el Gobierno de la República de Letonia recuerda que en virtud del artículo 46 de la Convención, no se admiten las reservas incompatibles con el objeto y la finalidad de la Convención.
Por consiguiente, el Gobierno de la República de Letonia eleva una objeción a las mencionadas reservas formuladas por la República Islámica del Irán frente a la Convención.
No obstante, esta objeción no impedirá la entrada en vigor de la Convención entre la República de Letonia y la República Islámica del Irán. Así pues, la Convención entrará en vigor entre ambos Estados sin que la República Islámica del Irán pueda hacer valer su reserva."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014