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Colección de tratados de PI

Partes Contratantes Convenio sobre la Diversidad Biológica Reino Unido

Fechas Firma: 12 de junio de 1992 Ratificación: 3 de junio de 1994 Entrada en vigor: 1 de septiembre de 1994

Declaraciones, Reservas etc.

Declaración formulada en el momento de la firma y confirmada en el momento de la ratificación:
"El Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte declara que entiende que el artículo 3 del Convenio establece un principio rector que deberá tenerse en cuenta en la aplicación del Convenio.
El Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte declara igualmente que entiende que las decisiones que debe tomar la Conferencia de las Partes en virtud del párrafo 1 del artículo 21 se refieren al "importe de los recursos necesarios" para el mecanismo financiero, y que ninguna de las disposiciones contenidas en los artículos 20 y 21 autoriza a la Conferencia de las Partes a tomar decisiones relativas al importe, naturaleza, frecuencia o magnitud de las contribuciones de las Partes en virtud del Convenio."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014

Información territorial

On 29 June 2016, the Secretary-General received the following communication:
"… the Government of the United Kingdom of Great Britain and Northern Ireland wishes the United Kingdom's Ratification of the Convention be extended to the following territory: Falkland Islands - for whose international relations the United Kingdom is responsible.
The Government of the United Kingdom of Great Britain and Northern Ireland considers the extension of the Convention to the territory of the Falkland Islands to enter into force on the date of deposit of this notification…"

On 27 March 2015, the Secretary-General received the following communication:
"... the Government of the United Kingdom of Great Britain and Northern Ireland wishes the United Kingdom's Ratification of the Convention be extended to the territory of South Georgia and South Sandwich Islands for whose international relations the United Kingdom is responsible.
The Government of the United Kingdom of Great Britain and Northern Ireland considers the extension of the Convention to South Georgia and South Sandwich Islands to enter into force from the day of deposit of this notification ..."

On 9 July 2014, the Secretary-General received from the Government of Spain the following communication with regard to the Territorial Application by the United Kingdom of Great Britain and Northern Ireland to Gibraltar:
1. Gibraltar is a Non-Self-Governing Territory for whose international relations the Government of the United Kingdom is responsible and which is subject to a process of decolonization in accordance with the relevant decisions and resolutions of the General Assembly.
2. The authorities of Gibraltar are local in character, and exercise competences exclusively over internal affairs that originate in and are based on the powers allocated to and conferred on them by the United Kingdom, in accordance with its domestic legislation and in its capacity as the sovereign State upon which depends the said Non-Self-Governing Territory.
3. Consequently, any involvement by the Gibraltarian authorities in the implementation of this Convention shall be understood to take place exclusively within the framework of the internal affairs of Gibraltar and shall not be considered to affect in any way the content of the two preceding paragraphs.
4. The procedure envisaged in the Arrangements relating to Gibraltar authorities in the context of certain international treaties, which were agreed to by Spain and the United Kingdom on 19 December 2007 (together with "Agreed Arrangements relating to Gibraltar authorities in the context of European Union and European Community Instruments and Related Treaties" of 19 April 2000) applies to the present Convention.
5. The application to Gibraltar of the present Convention cannot be interpreted as recognition of any rights or situations involving matters not included in Article 10 of the Treaty of Utrecht of 13 July 1713, signed by the crowns of Spain and Great Britain.

El 8 de mayo de 2012, el Secretario General recibió la siguiente comunicación:
".. El Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte desea que la ratificación del Reino Unido [del Convenio sobre la Diversidad Biológica] se extienda a los siguientes territorios de cuyas relaciones internacionales se encarga el Reino Unido: Isla de Man.
El Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte considera que la extensión del Convenio antes mencionado a la Isla de Man, entrará en vigor el nonagésimo día después de la fecha en que haya sido depositado esta notificación [es decir, el 6 de agosto de 2012]."
Traducción facilitada por la OMPI, © 2014

Con respecto al Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, la Bailía de Jersey, las Islas Vírgenes Británicas, Gibraltar, las Islas Caimán, Santa Elena y sus dependencias.