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Nicaragua

NI045

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Decreto N° 60-2001 sobre la Adhesión al Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT)

 CONSEJO DE LOS ASPECTOS DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD

ADHESIÓN AL TRATADO DE COOPERACIÓN EN MATERIA DE PATENTES (PCT)

DECRETO No. 60-2001, Aprobado el 26 de Junio del 2001

Publicado en La Gaceta No. 129 del 9 de Julio del 2001

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

CONSIDERANDO

I

Que el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) es un instrumento eficaz para consolidar la inserción de Nicaragua en el campo de las invenciones a nivel internacional, mediante el acceso a una mayor fuente de información tecnológica disponible para los diferentes sectores nicaragüenses, favoreciendo principalmente a los sectores educativo, productivo e investigativo.

II

Que la adhesión al PCT responde a la necesidad de fortalecer el sistema nacional de patentes, armonizándolo con el sistema internacional, de manera tal que se convierta a una forma simplificada y económica. Además fortalecerá las actividades que desarrolla la Oficina de Patentes del Registro de la Propiedad Intelectual, en lo relativo a la tramitación de solicitudes, examinación y divulgación.

III

Que con la adhesión al PCT se ofrecerá a la economía nicaragüense un elemento adicional para la promoción efectiva y sólida de las inversiones y la transferencia de nuevas tecnologías, a la vez que se promoverá el establecimiento y desarrollo de la industria local, en especial de la pequeña y mediana empresa, generando nuevas fuentes de trabajo y facilitando el acceso a nuevos mercados de exportación.

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,

HA DICTADO

El siguiente

DECRETO

Artículo 1.- Adherirse al Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT), adoptado en Washington el 19 de Junio de 1970, enmendado el 28 de septiembre de 1979 y modificado el 3 de febrero de 1984.

Artículo 2.- Expedir el correspondiente Instrumento de Adhesión para su depósito en las oficinas correspondientes.

Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintiséis de Junio del año dos mil uno. ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.