Protocolo 2 anexo a la Convención Universal sobre Derecho de Autor, revisada en París el 24 de julio de 1971, relativo a la aplicación de la Convención a las obras de ciertas organizaciones internacionales
| Fecha: | Adoptado/a el 24 de julio de 1971 en París Entrada en vigor el 10 de julio de 1974 |
|---|---|
| Institución de acogida: | Organización de la Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cutura (UNESCO) |
| Miembros: | Partes Contratantes/Signatarios |
| Asunto: | Derecho de autor |
| Notas: | Este Protocolo entró en vigor el 10 de julio de 1974. Luego entró en vigor para cada Estado en la fecha de depósito de su instrumento salvo en los casos de notificaciones de sucesión, en los cuales la entrada en vigor se produce en la fecha en la que el Estado asume la responsabilidad de dirigir sus relaciones internacionales. |
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