| Notas: | Para las disposiciones relativas a la protección de los derechos de propiedad intellectual, véase el artículo 2 (b)que dispone: 'activos' incluye todos los bienes muebles o inmuebles, si los bienes tangibles o intangibles, intelectuales, derechos, licencias, acciónes o reclamaciónes y cualquier otro activo que tiene un valor comercial.
Fecha de entrada en vigor:. véase 1(2) |
|---|