| Año de la actual versión: | 2005 |
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| Fecha de entrada en vigor del texto original: | 25 de abril de 1976 |
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| Fecha del texto (Adoptado): | 2 de abril de 1976 |
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| Tipo de texto: | Constitución / Ley básica |
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| Asunto: | Otros |
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| Notas: |
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| Textos disponibles: | |
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| Español | Constitución de la República Portuguesa
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| Francés | Constitution de la République du Portugal
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| Inglés | Constitution of the Portuguese Republic
(Versión con la herramienta de traducción automática)
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| Portugués | Constituição da República Portuguesa
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| N° WIPO Lex: | PT045 |
La Constitución portuguesa reconoce los derechos de propiedad intelectual. El artículo 42 garantiza la libertad de creación intelectual, artística y científica. Afirma que: "Esta libertad comprende el derecho a inventar, producir y difundir obras científicas, literarias y artísticas e incluye la protección del derecho de autor por la ley". La propiedad privada está garantizada por el artículo 62.
La Constitución también estimula y apoya las iniciativas de creación colectiva y privada y la innovación (artículos 73 y 78). Artículo 73, párrafo 4, establece que: "El estado deberá estimular y apoyar la investigación científica y la creación y la innovación tecnológica ..." con el fin de reforzar la competitividad. Estos artículos prevén la protección del patrimonio cultural del país, que debe ser preservado y desarrollado (Artículo 78, párrafo 2, letra c)