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Decreto Nº 590 de 18 de octubre de 1995 que reglamenta las Leyes Nºs. 111, 24.481 y 24.572 y que aprueba la Ley de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad Nº 24.481, con las modificaciones de la Ley Nº 24.572, y de la Ley Nº 111 de Patentes de Invención, Argentina
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Texto derogado
Año de versión
1995
Fechas
Entrada en vigor:
31 de octubre de 1995
Publicación:
18 de octubre de 1995
Tipo de texto
Normas/Reglamentos
Materia
Patentes (Invenciones),
Modelos de utilidad
Notas
El artículo 77 de este Decreto Deroga el Decreto No. 621 de 26 de abril de 1995.
El anexo I contiene la tabla de tasas del Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INPI).
El anexo II presenta la versión consolidada de la Ley N° 24.481 de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad (modificada por la Ley Nº 24.572 y la Ley Nº 111 sobre las Patentes de Invención).
El artículo 2 del Código Civil establece que “las leyes no son obligatorias sino después de su publicación y desde el día que determinen. Si no designan tiempo, serán obligatorias después de los ocho días siguientes al de su publicación oficial.”
Este Decreto fue publicado en el Boletín Oficial el 23 de octubre de 1995 (B.O. 23/10/95) sin indicar la fecha concreta de entrada en vigor; en virtud del artículo 2 del Código Civil entró en vigencia ocho días después de su publicación.
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Decreto Nº 590 de 18 de octubre de 1995 que reglamenta las Leyes Nºs. 111, 24.481 y 24.572 y que aprueba la Ley de Patentes de Invención y Modelos de Utilidad Nº 24.481, con las modificaciones de la Ley Nº 24.572, y de la Ley Nº 111 de Patentes de Invención
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