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¿Okupa cibernético o aficionado inocente? - La controversia sobre el nombre de dominio Wayne Rooney

Noviembre de 2006

En los siete años que lleva en activo, el Centro de Arbitraje y de Mediación de la OMPI ya ha atendido 25.000 demandas relativas a nombres de dominio, y el fenómeno de la ciberocupación indebida no parece remitir. ¿Cómo se desarrolla un caso típico? En este artículo, la Revista de la OMPI examina el dictamen sobre un caso que presentó en octubre de 2006 la estrella del fútbol inglés Wayne Rooney.1

La alineación

El demandado, un actor de televisión galés que se describió como un apasionado seguidor del Everton Football Club, había registrado el nombre de dominio waynerooney.com, así como waynerooney.co.uk, en abril de 2002. En aquel momento, Wayne Rooney era una joven promesa de 16 años, pero aún no era muy conocido. Seis meses después, marcó un gol espectacular contra el Arsenal, protagonizando los titulares como el goleador más joven de la historia de la liga inglesa.

Wayne Rooney y su sociedad de gestión, propietaria de una marca compuesta por las palabras Wayne Rooney, publicada en agosto de 2004, presentaron la denuncia en virtud de la Política Uniforme de Solución de Controversias en materia de Nombres de Dominio iniciada por la OMPI. El nombre de dominio objeto de controversia se estaba usando para enlazar con un directorio que gestionaba el proveedor del servicio de Internet, del cual los demandantes daban por hecho que el demandado estaba recibiendo ingresos.

La defensa

El demandado negó las acusaciones. Alegó que su nombre de dominio existía antes que la marca de Rooney, y que en 2002 no había ningún derecho no registrado porque Rooney sólo era conocido en su región. Afirmó que había registrado el nombre de buena fe después de haber visto jugar a Rooney, con la intención de abrir un sitio de seguidores suyos sin ánimo de lucro. Sin embargo, explicó que después no había encontrado el momento de hacerlo porque no tenía los conocimientos suficientes y su carrera de actor no le dejaba tiempo. El demandado añadió que, después de que Rooney "traicionase" al Everton yéndose al Manchester United en agosto de 2004, había perdido interés en la idea. Aseguró que no sabía que el nombre de dominio se había enlazado con un directorio comercial hasta que recibió la notificación de la denuncia, y en ese momento había solicitado que se retirase el enlace.

El árbitro

La OMPI designó al Sr. Tony Willoughby, un abogado especialista en P.I. instalado en Londres, para que terciase en el asunto. ¿Cómo procedió el tribunal para tomar una decisión? En primer lugar, en cuanto al argumento de que el nombre de dominio era anterior a la marca registrada de Rooney, el tribunal consultó la Sinopsis de las opiniones de los grupos de expertos de la OMPI sobre determinadas cuestiones relacionadas con la Política Uniforme2, donde se estipula que el hecho de que se haya registrado un nombre de dominio antes de que el demandante adquiriese derechos no obsta para que se decida que existen derechos sobre la marca en un caso amparado por la Política Uniforme.

¿Era Rooney lo suficientemente famoso, o "prometía" ya lo suficiente, en abril de 2002, para que su nombre hubiese adquirido derechos sobre la marca no registrada? El tribunal llegó a la conclusión de que sí, señalando que, aunque aún no hubiese adquirido fama nacional, Rooney ya era bastante conocido en la zona de Liverpool, puesto que aparecía a menudo en los titulares, por ejemplo, del Liverpool Echo, del tipo de "No hay tregua para Rooney, el as de los Blues".

¿Había registrado el demandado el nombre del dominio de mala fe, para darle un uso comercial? El tribunal consideró que las alegaciones del demandado en lo relativo a sus "derechos legítimos" sobre el nombre de dominio como seguidor apasionado eran "difíciles de tragar". Pese a no tener ningún conocimiento en diseño de páginas Web, observó el tribunal, el demandado sintió la urgencia de registrar dos nombres de dominio para crear un sitio Web para los hinchas de un futbolista de 16 años poco conocido, y que después no había hecho nada para seguir con el proyecto. El tribunal visitó los dos sitios de aficionados que el demandado había citado como ejemplos de lo que había pretendido hacer con su dominio Rooney. Ambos eran sitios comerciales.

El tribunal concluyó que el demandado había previsto que Wayne Rooney se convertiría en un ídolo y había registrado los nombres de dominio con la intención de obtener beneficios económicos. Esto constituye un registro de mala fe, a pesar de que nunca hubiese llegado a usar el nombre de dominio. El tribunal dictaminó que el nombre de dominio se transfiriese a Wayne Rooney y su sociedad de gestión.

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