Cambio en la titularidad
Un registro internacional puede cambiar de titular como consecuencia de cesiones de marcas, fusiones de empresas, decisiones judiciales u otras causas. Este cambio en la titularidad implica la inscripción en el Registro Internacional del nuevo titular del registro en cuestión.
El cambio en la titularidad sólo puede inscribirse si el nuevo titular cumple las condiciones requeridas para presentar una solicitud internacional, es decir, ser nacional de un miembro de la Unión de Madrid, disponer de un establecimiento industrial o comercial real y efectivo, o estar domiciliado en dicho territorio. Además, estas condiciones deberán evaluarse respecto de todos los miembros de la Unión para los que se pide la inscripción del nuevo titular.
Cualquier petición de inscripción de un cambio en la titularidad debe presentarse, en un solo ejemplar, mediante el formulario MM5, en español, francés o inglés. El formulario debe ser enviado a la Oficina internacional por el titular o por conducto de una oficina de propiedad intelectual, en particular por la oficina del cesionario, dado que este tipo de peticiones no puede enviarlas el nuevo titular directamente a la Oficina Internacional.
Para obtener información más detallada sobre el cambio en la titularidad, véanse los párrafos B.II.59.01-67.05 de la Guía para el Registro Internacional de Marcas en virtud del Arreglo de Madrid y del Protocolo de Madrid [PDF].
Enlaces
- ¿Cómo presentar una solicitud de registro internacional de marca?
- ¿Cómo nombrar a un mandatario ante la Oficina Internacional?
- ¿Cómo efectuar el pago de las tasas directamente a la Oficina Internacional?
- Designación posterior al registro
- Limitación, renuncia y cancelación
- Cambio en el nombre o dirección del titular
- Cambio en el nombre y/o en la dirección del mandatario
- Licencias
- Renovación del registro internacional

