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El Benelux pasa a ser miembro del Acta de 1999

27 de septiembre de 2018

El 18 de septiembre de 2018, el Gobierno de los Países Bajos depositó en poder de la Oficina Internacional de la OMPI el instrumento de ratificación (para la parte europea de los Países Bajos) del Acta de Ginebra del Arreglo de La Haya. El instrumento de ratificación de los Países Bajos fue el último de los instrumentos depositados por los países del Benelux (Bélgica, Luxemburgo y los Países Bajos).

El número total de Partes Contratantes del Acta de Ginebra asciende ahora a 58. Dicha Acta entrará en vigor en los tres países del Benelux el 18 de diciembre de 2018.

Los tres países mencionados han formulado una declaración en el sentido de que la Oficina de Propiedad Intelectual del Benelux (BOIP) es la Oficina común de los tres países del Benelux. En consecuencia, a los fines de la aplicación el Arreglo de La Haya, se considera que los territorios de Bélgica y Luxemburgo, así como el territorio de los Países Bajos correspondiente a Europa, conforman una única Parte Contratante.

Las empresas y los diseñadores de Bélgica, Luxemburgo y los Países Bajos han estado utilizando el Sistema de La Haya para proteger sus dibujos y modelos industriales desde 1984, año en el cual los países del Benelux pasaron a ser parte en el Acta de 1960, y 2008 en virtud de la adhesión de la Unión Europea al Acta de Ginebra.

A partir del 18 de diciembre de 2018, los solicitantes del Sistema de La Haya habilitados a presentar solicitudes en virtud del Acta de Ginebra gozarán de mayor flexibilidad en sus estrategias de presentación de solicitudes, ya que podrán elegir entre designar en virtud de dicha Acta ya sea al Benelux individualmente, ya sea a la Unión Europea en su conjunto.

Detalles de índole jurídica

El instrumento de ratificación del Acta de Ginebra fue depositado por Bélgica el 7 de junio de 2013 y el instrumento de adhesión de Luxemburgo el 3 de septiembre de 2013. Cada uno de los instrumentos depositados incluye las siguientes declaraciones formuladas en virtud del Acta de Ginebra:

  • Artículo 4.1).b) (prohibición de presentar la solicitud por mediación de la BOIP),
  • Artículo 11.1) a) (el período de aplazamiento es inferior a 30 meses)
  • Artículo 17.3)c) (duración de la protección) y
  • Artículo 19.1): (Oficina común de varios Estados).

El Sistema de La Haya

El Sistema de La Haya ofrece un mecanismo costoeficaz y eficiente para registrar dibujos y modelos industriales. Una única solicitud permite registrar hasta 100 dibujos y modelos industriales en 69 países y organizaciones intergubernamentales. Gracias a este Sistema, se elimina la necesidad de presentar solicitudes por separado en cada país o región.

Una solicitud y un conjunto de tasas, todo en un mismo idioma: una manera fácil de registrar dibujos y modelos industriales.

Preguntas o consultas

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Sistema de la Haya de la OMPI – Sistema internacional para los dibujos y modelos industriales

El Sistema de La Haya de la OMPI ofrece un mecanismo internacional único para obtener y gestionar simultáneamente derechos sobre dibujos y modelos en más de 90 países, mediante la presentación de una única solicitud en un idioma y pagando un conjunto de tasas.