OMPI

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OMPI/INDIP/RT/98/INF/2 Rev.
ORIGINAL:
Inglés
FECHA:
13 de julio de 1998

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

GINEBRA

MESA REDONDA SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL

Y PUEBLOS INDÍGENAS

Ginebra, 23 y 24 de julio de 1998

REGLAMENTO INTERNO

preparado por la Oficina Internacional

La Mesa Redonda está destinada a: facilitar un intercambio de opiniones e información en lo que concierne a la protección del conocimiento, las innovaciones y la cultura tradicionales; permitir la participación plena y efectiva de los grupos indígenas y comunidades locales participantes; y permitir que los participantes oigan el testimonio, y aprendan de la experiencia, de los representantes de poblaciones indígenas y de comunidades locales en lo relativo a sus necesidades y expectativas a ese respecto.

A tal fin, se ha establecido el siguiente reglamento interno:

1. No se atribuirá la paternidad de los comentarios y declaraciones que efectúen los participantes, a menos que el participante indique lo contrario. No se efectuarán grabaciones de la Mesa Redonda. La OMPI podrá tomar notas de los comentarios y declaraciones que efectúan los participantes a los fines únicamente de compilar información y en tanto que parte de su estudio sobre las cuestiones que se aborden durante la Mesa Redonda. En la eventualidad de que la OMPI decida utilizar dicha información, o hacer referencia a ella, lo hará sin atribuir su origen, a menos que la persona u organización en cuestión dé su autorización para ello.

2. La Mesa Redonda no constituirá un ejercicio destinado a la obtención de resultados. Habida cuenta de ello, la Mesa Redonda no preparará, producirá ni adoptará actas, informes ni declaraciones. Sin embargo, puesto que se trata del primer acontecimiento oficial de esta naturaleza que organiza la OMPI, la reunión permitirá el inicio de nuevos debates y actividades en relación con la protección del conocimiento, las innovaciones y la cultura tradicionales.

3. La Mesa Redonda está destinada a proporcionar una oportunidad para que los representantes indígenas y las comunidades locales estudien completa y eficazmente las cuestiones relacionadas con la propiedad intelectual. Por consiguiente, las intervenciones de los representantes gubernamentales, de otros organismos de las Naciones Unidas, de organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, se limitarán a la duración prevista para el debate.

4. La segunda sesión del programa de la Mesa Redonda ofrece a los representantes de poblaciones indígenas y de comunidades locales la oportunidad de efectuar breves presentaciones sobre la protección del conocimiento, las innovaciones y la cultura tradicionales. El Presidente de la Mesa Redonda anunciará el procedimiento a seguir en esa sesión, tras las consultas que celebre con los representantes de las poblaciones indígenas y las comunidades locales.

5. En armonía con la práctica establecida en las Naciones Unidas, no se incluirán en el programa de la Mesa Redonda ceremonias tradicionales de apertura.

[Fin del documento]