OMPI

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WO/GA/25/2
ORIGINAL: Inglés
FECHA: 13 de abril de 2000

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

GINEBRA

ASAMBLEA GENERAL DE LA OMPI

Vigésimo quinto período de sesiones (11o extraordinario)

Ginebra, 13 y 14 de abril de 2000

RECOMENDACIÓN RELATIVA A LA CELEBRACIÓN DE UNA CONFERENCIA DIPLOMÁTICA SOBRE LA PROTECCIÓN DE LAS INTERPRETACIONES Y EJECUCIONES AUDIOVISUALES

preparado por la Secretaría

 

1. El Comité Permanente de Derecho de Autor y Derechos Conexos (SCCR) propuso en su tercera sesión, celebrada del 16 al 20 de noviembre de 1999, celebrar una sesión especial del SCCR en el año 2000 para examinar la posibilidad de convocar una conferencia diplomática, y tomar una decisión al respecto, en la que se considerase un instrumento internacional sobre la protección de las interpretaciones y ejecuciones audiovisuales.

2. La cuarta sesión especial del SCCR tuvo lugar los días 11 y 12 de abril de 2000 (aprobándose el informe el 14 de abril de 2000), y en ella se aprobó por unanimidad el texto de una recomendación dirigida a la Asamblea General de la OMPI relativa a la convocación, en diciembre del 2000, de una Conferencia Diplomática sobre la Protección de las Interpretaciones y Ejecuciones Audiovisuales. El texto de esa recomendación figura en el Anexo del presente documento.

 

[Sigue el Anexo]

 

ANEXO

RECOMENDACIONES

 

El Comité Permanente de Derecho de Autor y Derechos Conexos,

ha acordado por unanimidad las siguientes recomendaciones:

  1. Disposiciones administrativas y cláusulas finales

    El Comité Preparatorio de la Conferencia Diplomática de la OMPI sobre la protección de las interpretaciones y ejecuciones audiovisuales, reunido en Ginebra los días 12 y 14 de abril de 2000, deberá solicitar a la Oficina Internacional que prepare una propuesta básica con las disposiciones administrativas y las cláusulas finales del instrumento internacional, en la que se incluyan soluciones que sirvan de alternativa tanto a la adopción de un protocolo del Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas, como a la de un tratado aparte basado en las disposiciones del Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas.

     

  2. Propuesta básica

    La propuesta básica con las disposiciones sustantivas del instrumento internacional para la Conferencia Diplomática será establecida por el Presidente de la sesión del Comité. El Presidente contará con la asistencia de la Oficina Internacional de la OMPI.

    La Oficina Internacional de la OMPI publicará los proyectos de textos y los transmitirá a los Estados, organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales que se inviten a la Conferencia Diplomática, el 1 de agosto de 2000.

     

  3. Consultas regionales

    La Oficina Internacional deberá organizar reuniones regionales de consulta en África, América Latina y el Caribe, Asia y el Pacífico, Países Árabes, y en ciertos países de Europa y Asia, en septiembre, octubre y noviembre, así como reuniones regionales de consulta en el lugar en que se celebre la Conferencia Diplomática, los días 5 y 6 de diciembre de 2000.

     

  4. Conferencia Diplomática

    La Conferencia Diplomática deberá celebrarse del 7 al 20 de diciembre de 2000.

 

[Fin del Anexo y del documento]