Centro de Arbitraje y Mediación
Base de Datos para ccTLD
Esta base de datos sobre ccTLDs incluye enlaces a los acuerdos de registro, servicios de WHOIS y métodos alternativos de resolución de disputas.
Última actualización: 8-jun-2017
Código de país / territorio | .ES |
Nombre del país / territorio | España |
Entidad registradora | |
Acuerdo de Registro | |
Whois | |
Política aplicable a la controversia |
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Proveedor(es) de solución de controversias |
Nota:
Diferencias relevantes entre el procedimiento para .ES y la Política Uniforme de Solución de controversias en materia de nombres de dominio (UDRP)
- El procedimiento UDRP protege solo frente a infracciones de los derechos de marcas ante un registro de mala fe y el uso de un nombre de dominio; en el procedimiento para .ES el Demandante debe establecer que el registro o el uso del nombre de dominio constituyen una violación de los derechos previos protegidos en España, los cuales pueden ser relativos a la marca pero incluir también otros derechos intelectual (Reglamento, Artículo 2, definición de “Derechos Previos” y “Registro de Nombres de Dominio de Carácter Especulativo o Abusivo”).
- No se puede nombrar un grupo de expertos de 3 miembros.
Las tasas aplicables para procedimientos para .ES serán pagaderas en EUR en la cuantía y cuenta que se especifican en el baremo de tasas.