Código de país / territorio |
.DO |
Nombre del país / territorio |
República Dominicana |
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Política aplicable a la controversia |
Variante de la UDRPPolítica de Solución de Controversias en Materia de Nombres de Dominio para .DO Diferencias relevantes entre la UDRP y la Política .DOResulta suficiente con probar el registro o uso del nombre de dominio de mala fe por parte del demandante, mientras que en la UDRP el demandante debe probar ambos Tribunales de República Dominicana Español La demanda y el escrito de contestación se presentarán en formato electrónico y en copias impresas (cuatro copias junto con el original) |
Normas de procedimiento |
Variante de la UDRPReglamento de la Política de solución de controversias en materia de nombres de dominio para .DO |
Documentos modelo de la OMPI |
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Baremo de tasas |
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Expertos de la OMPI |
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Entidad registradora |
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Acuerdo de registro |
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Criterio de elegibilidad |
El registro de nombres de dominio .DO no está restringido. Algunas restricciones se aplican a dominios de tercer nivel |
Caracteres compatibles |
Los nombres de dominio .DO son compatibles con caracteres ASCII |
Decisiones |
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