WIPO RFC-3
JR0001@santandersupernet.com
Fri, 19 Mar 1999 16:34:38 -0500
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Estimados Sres.:
Me dirijo a Vds. para expresarles la favorable impresión que ha producido su iniciativa de RFC sobre Nombres de deominio Popiedad Intelectual.
Ciertamente el desarrollo producido por Internet en su cota vida ha resultado asombroso. Lástima que su crecimiento haya sido bastante desordenado. Las caracteristicas peculiares de este nuevo medio de comunicación y la falta de fronteras determinables, han originado la difusión de una mal acertada politica de hechos consumados. Dicha politica colisiona frontalmente con la politica seguida en los Estados, donde impera la politica de los derechos adquiridos.
Internet pretende imponer por la via de los hechos consumados, una situación de hecho (nombre de dominio registrados)en virtud de una politica de "first come, first served" en un espacio transnacional y ajuridico. Internet no posee una legislación propia aplicable, interviniendo de manera real en la jurisdicción de todos los paises del mundo que posean linea telefónica. Ello supone que una violación de derechos en Internet, tiene una difusión inmediata en todo el mundo. A pesar de la tendencia actual de globalizar y unificar varios paises en uno solo, tendiendo a unificar tambien los sistemas juridicos, debemos tener presente que la diferenciación entre las organizaciones comerciales (y de otra indole) sigue existiendo y resultará muy dificil eliminarla.
Tambien debe entenderse que la proteccion de la propiedad intelectual se realiza de forma sectaria, utilizando registros que se apoyan en las fronteras fisicas de los diferentes paises para poder ejercitarse tales derechos. Debido a la falta de esas fronteras fisicas en Internet, se debería haber arbitrado un procedimiento de solución antes de permitir el registro de los nombres de dominio. Evidentemente, se han producido muchos casos de mala fé aprovechando un medio válido (Internet). No debemos lamentarnos ahora de permitir un sistema de hechos consumados y luego proponer soluciones que respeten esos derechos. La principal solución pasaria por una regulación de Internet antes de permitir mayor expansión. La autoregulación de Internet debería ser un punto prioritario en la propia Red de redes.
Debido a la vertiginosa velocidad de acontecimientos, cualquiera de los procedimientos para solventar los conflictos Propiedad Intelectual--Nombres de Dominio exigen su resolución ON LINE.
El procedimiento administrativo propuesto debe efectuarse de forma barata y rápida. Es indudable que la remisión a una segunda instancia se llevará a cabo por todo aquel descontento con la solución tomada en ese proceso administrativo. En ese caso, quizas fuese recomendable utilizar la solución del arbitraje a modo de segunda instancia revisora del procedimiento admisnitrativo. Tal solución permitiría el acceso a los tribunales de la parte que quisiera seguir adelante, y permitiria a la parte satisfecha con la resolución, obviar el acceso a los Tribunales y optar por la ejecución del laudo arbitral.
Ciertamente, en el dificil problema de compatibilizar el sistema de nombres de dominio y la propiedad industrial, esta iniciativa de la OMPI, ha permitido diseñar un borrador bastante acertado de solución de controversias; en el que, a pesar de seguir depurandose, parece residir la futura armonización del espacio real y del "espacio virtual".
Aprovecha la ocasión para saludarles,
Jesús Rodríguez Oca
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